Tributación a efectos del IRPF para los ganadores de los premios:
Los premios obtenidos, según los artículos 45 y 46 de la LIRPF, tributan en la base general del Impuesto, gravada por la escala del impuesto regulada en los artículos 63 y 74 de la LIRPF. El ganador del premio deberá declarar la ganancia patrimonial obtenida por el valor de marcado del premio, de acuerdo con los dispuesto en el artículo 37.1.l) de la LIRPF.
Retenciones:
Estarán sujetos a retención los premios cuya base de retención sea superior a 300 euros según lo dispuesto en el artículo 75 apartados 2.c) y 3.f) del RIRPF. El porcentaje de retención será del 21%, según lo dispuesto en el artículo 101.7 de la LIRPF, y correrá en todo caso por cuenta del premiado.